Nuevos cambios en la emisión del complemento de la Carta Porte

Nuevos cambios en la emisión del complemento de la Carta Porte

Después de varias mesas de trabajo por parte de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR) en coordinación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se lograron cambios favorables con respecto a la emisión del complemento Carta Porte (CCP), mismos que comprendían diversas aclaraciones relacionadas a los intermediarios y reglas para los servicios dedicados. El pasado 27 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, haciendo modificaciones a la sección 2.7.7. relativa a la expedición del CFDI con CCP.

Dentro de los principales cambios destacó el papel de los intermediarios o agentes de transporte, ahora con obligación de emitir el CFDI de tipo ingreso con CCP cuando realicen el servicio de transporte de carga general y especializada, ya sea que circulen por vía terrestre, férrea, aérea o naveguen por vía marítima. Asimismo, y muy importante, se adicionó la corresponsabilidad entre usuario y prestadores de servicios, pues se limitará a los datos que proporcione cada una de las partes involucradas en el envío del comprobante fiscal conforme al instructivo de llenado.

Otro de los ajustes realizados fue el énfasis que se le dio a la configuración tipo C2 (camión rabón), pues ahora los transportistas pueden circular sin el complemento Carta Porte, siempre y cuando recorran una distancia que no exceda de 30 kilómetros dentro de jurisdicción federal, mismos que contemplarán el origen inicial y el destino final, incluyendo también los puntos intermedios del traslado.

La CANACAR explicó que los transportistas que realicen el traslado de mercancías destinadas a las operaciones de comercio exterior, en términos de las disposiciones aduaneras que resulten aplicables, no deberán considerar como ‘servicio local’ el traslado de dichas mercancías, por lo que deberán emitir el respectivo CFDI con CCP, ya sean prestadores del servicio, propietarios, poseedores o tenedores.

Debido a las nuevas implementaciones las pequeñas y medianas empresas transportistas son las que presentan un desafío para realizar un mayor esfuerzo y cumplir con la nueva regulación. La diferencia con las grandes flotas es que ya han automatizado sus sistemas o tienen una solución prevista y ya cumplen con la autoridad, contrario a las pequeñas flotas dado que no siempre cuentan con la infraestructura o recursos para hacer desarrollos tecnológicos para automatizar la emisión de sus facturas con Carta Porte.

Los nuevos desafíos y cambios se espera que sean más favorables para el movimiento de mercancía y sobre todo que facilite esta interacción con el usuario y el prestador de servicios será más eficiente, es un cambio que se espera ayude y agilice la implementación de esta disposición que viene adaptándose desde hace dos años.

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