
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) emitió un documento dirigido a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), en el cual se exhorta a la disminución los montos máximos de las tarifas durante un periodo de seis meses. La medida pretende mitigar los efectos de la inflación general anual del Índice Nacional de Precios al Consumidor que se ubica en 7.45%.
Además, la Secretaría justifica la imposición del control tarifario debido a que considera que las altas tarifas por el uso del servicio ferroviario disminuyen la accesibilidad para los usuarios. También, argumenta que los altos costos de los fletes ferroviarios repercuten en los precios de mercado de las mercancías transportadas. Por lo cual, la SICT estipuló que la ARTF debería establecer una metodología, fijar las contraprestaciones por los servicios de interconexión y las tarifas máximas en la prestación del servicio público del transporte ferroviario de carga, considerando el establecimiento de condiciones para el acceso asequible, a un costo que prevea el desarrollo del sector y garantice la preservación de la democracia fundada en el desarrollo económico, social y político del país y sus habitantes.
No obstante, la Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) considera que la Directriz de Emergencia es una medida regulatoria que carece de fundamentos sólidos y, además, es violatoria de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de su Reglamento. Entre los motivos de la AMF para su oposición a esta disposición, destaca la baja participación que tiene el sector ferroviario en el transporte de productos de la canasta básica.
Por consiguiente, en sus observaciones al documento del anteproyecto, la Asociación recalcó que “El interés de normar de manera extraordinaria las tarifas ferroviarias, a fin de disminuir el impacto en la economía familiar, es una medida ineficiente y de poco impacto, para alcanzar el objetivo previsto en la justificación, en virtud de que el ferrocarril solo representa el 26.4% del mercado de transporte terrestre y podría resultar contraproducente a largo plazo”.
En consideración de lo anterior, la regulación tarifaria tendría escasos o nulos efectos sobre el control inflacionario y poco contribuiría al bienestar de la economía familiar. Ahora bien, el descontento del sector ferroviario deriva de las afectaciones que enfrentarán en su administración interna y puede poner en peligro la viabilidad de las empresas concesionarias de este sector de transporte. Ahora bien, la participación del transporte ferroviario en el traslado de mercancías es muy bajo, ¿de qué manera afectaría las operaciones logísticas? ¿cuáles son las posibles afectaciones que tendrá en el comercio?
Entre los posibles efectos pueden enumerarse los siguientes:
- Baja competitividad del transporte ferroviario.
- Decrecimiento de la oferta en los servicios ferroviarios.
- Aumento de los cuellos de botella en el sistema ferroviario.
- Disminución del transporte de carga por ferrocarril.
Este último efecto se profundizará, pues en años anteriores se reportaba una disminución en el transporte de carga por vías férreas. De acuerdo con la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, en 2020 se presentó una disminución porcentual de 3.7% respecto a la cifra del 2019. La ARTF reportó que el transporte de carga por ferrocarril movilizó 86 mil 223 millones de toneladas-kilómetro en el 2020.
Si bien, la relevancia del sector ferroviario en la logística comercial es limitada a nivel nacional, el tránsito de las mercancías de importación y de exportación exige el transporte intermodal para reducir los costos y los tiempos de transporte. En los servicios de transporte intermodales, el sector ferroviario es una importante vía complementaria, en tanto que el ferrocarril trasladó 48 mil 423 millones de toneladas-kilómetro de mercancías de importación y 10 mil 654 millones de exportación, un total de 59 mil 077 millones durante el mismo año.
Al momento de escribir el presente artículo es posible afirmar que las posibles afectaciones de esta medida de control tarifario pueden enfrentarse mediante un acuerdo público-privado para fijar tarifas benéficas tanto para las empresas ferroviarias como para la economía nacional.
Además, independientemente de los inconvenientes que generará esta regulación temporal, se visualiza un gran potencial de crecimiento en los servicios ferroviarios porque actualmente se están desarrollando proyectos de licitación para la interconexión de importantes vías férreas, tales como: la restitución integral de 787 km de vía y el acondicionamiento de 613 puentes en dos líneas vinculadas a Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), la línea FA (328 km de Coatzacoalcos a Palenque) que se pretende conectar con el Tren Maya y la línea K (459 km de Ixtepec a Ciudad Hidalgo, Chiapas), que eventualmente irá a Centroamérica.
Lic. en Relaciones Internacionales, Especialidad en Fiscal y Maestría en Administración de Negocios. Ex profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México, con líneas de investigación en cadena de suministro y distribución física internacional. Director de Logística, práctica profesional en operatividad, asesoría y auditoría logística y de comercio exterior con experiencia en materia de agenciamiento de carga, transporte y logística comercial.