El mes pasado el portal del SAT emitió el Complemento Carta Porte, por lo que a partir del 1 de junio de 2021 entrará en vigor las disposiciones relativas a dicho complemento. Sin embargo, durante los 120 días naturales siguientes al inicio de la vigencia del complemento Carta Porte, los contribuyentes podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento. Al finalizar dicho periodo, el uso del complemento Carta Porte será obligatorio.
Con el CFDI y su complemento Carta Porte se acredita la tenencia y el traslado de los bienes y mercancías, incorporando ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan, entre otros puntos.
Uno de los objetivos es que toda la información se encuentre estandarizada, de calidad y tanto propietarios como quienes trasladan la mercancía tengan la certeza de que cuentan con los documentos propios para indicar que están autorizados a realizar ese traslado.
CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte
• Se emite para acreditar la tenencia y traslado de bienes o mercancías, dentro de territorio nacional
• Lo emite el propietario de la mercancía o de los bienes
• Lo emiten los terceros intermediarios o agentes de transporte, autorizados por el dueño de la mercancía
• Previo al inicio del traslado
• Se declara con un valor 0 y RFC genérico
CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte
• Comprende los detalles del traslado
o Amparan monto de la prestación de sus servicios
o Impuestos
o Retenciones
• Las personas dedicadas al servicio de transporte y circulen por carreteras federales o por vía férrea, marítimo, aéreo o fluvial
• Se requiere amparar la prestación del servicio de transporte de las mercancías
• Para amparar la tenencia de las mercancías en su traslado
Es importante considerar que, en transporte multimodal, si los bienes o mercancías se trasladan por distintos medios de transporte, se podrá registrar en un CFDI con complemento Carta Porte la información de los medios de transporte utilizados para el traslado los bienes o mercancías.
También este complemento Carta Porte no sustituye a ningún documento de transporte utilizado en la operatividad diaria, pues dicho complemento sirve para conocer la trazabilidad del traslado de las mercancías en territorio nacional.
¿Qué integra el Complemento Carta Porte?
• 4 elementos (conjunto o grupo de datos)
• 30 nodos que derivan de los elementos (subconjuntos de datos)
• 185 campos (43 datos se registran con un catálogo, 62 con un patrón definido)
• 26 atributos con catálogos de Carta Porte, 16 atributos con catálogos CFDI y 1 de Comercio Exterior.
El SAT publicó los catálogos del complemento Carta Porte que se utilizarán para relacionar, mediante el CFDI, los bienes o mercancías; los puertos, estaciones y aeropuertos de origen o destino; las claves para cada mercancía o bien a trasladar; tipo de embalaje; unidad de peso, tipos de contenedores, etc.
En Club de Carga te ayudamos con tu complemento Carta Porte, ponte en contacto y emite tu complemento con nosotros, no lo dejes al último, recuerda que tienes hasta el 30 de septiembre 2021.
Lic. en Relaciones Internacionales, Especialidad en Fiscal y Maestría en Administración de Negocios. Ex profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México, con líneas de investigación en cadena de suministro y distribución física internacional. Director de Logística, práctica profesional en operatividad, asesoría y auditoría logística y de comercio exterior con experiencia en materia de agenciamiento de carga, transporte y logística comercial.